Testamento en España para extranjeros: cómo proteger a tus herederos y evitar problemas legales.

Cada vez es más frecuente que ciudadanos extranjeros residan en España o tengan aquí bienes relevantes, como una vivienda, cuentas bancarias, inversiones o incluso negocios. Sin embargo, uno de los errores más habituales —y con peores consecuencias para la familia— es no otorgar testamento en España o hacerlo sin una planificación sucesoria adecuada.

Muchas personas creen que basta con tener un testamento en su país de origen. Otras piensan que ya se resolverá todo cuando llegue el momento. Pero en la práctica, cuando fallece un extranjero con patrimonio en España, la sucesión puede complicarse mucho más de lo previsto si no se ha dejado todo bien organizado.

La consecuencia suele ser la misma: retrasos, gastos innecesarios, problemas con notaría, registro o banco, conflictos entre herederos y una carga emocional y económica añadida en un momento ya difícil.

En este artículo te explico por qué hacer testamento en España es especialmente importante si eres extranjero y qué problemas puede evitar a tus herederos.

¿Qué ocurre si un extranjero fallece sin testamento en España?

Si una persona fallece sin testamento, la herencia debe tramitarse como sucesión intestada. Eso obliga a iniciar una declaración de herederos abintestato y a aplicar las normas legales que correspondan, aunque no coincidan con la voluntad real del fallecido.

Cuando, además, se trata de una persona extranjera con bienes en España, la situación se vuelve más compleja. Ya no estamos ante una simple herencia nacional, sino ante una sucesión con elemento internacional, en la que pueden surgir dudas sobre la ley aplicable, la validez de documentos extranjeros, la necesidad de traducciones juradas, apostillas y coordinación entre distintos países.

No hacer testamento no supone ahorrar. Muy al contrario: normalmente significa trasladar el coste y el problema a los herederos.

La cuestión clave: qué ley se aplica a la herencia

En las sucesiones internacionales, una de las cuestiones más importantes es determinar qué ley regula la herencia.

Con carácter general, en el ámbito europeo, la sucesión se rige por la ley de la residencia habitual del fallecido en el momento de su muerte. Esto puede tener consecuencias muy relevantes, porque la distribución de la herencia puede variar mucho según el país cuya ley resulte aplicable.

Y aquí está una de las grandes razones para otorgar testamento: en muchos casos, el otorgante puede dejar prevista una elección de ley a favor de su ley nacional. Esa decisión puede ser decisiva para ordenar correctamente la sucesión y evitar resultados no deseados.

Esto es especialmente importante cuando existen diferencias entre sistemas jurídicos, por ejemplo:

  • países con mayor libertad de testar;
  • países con legítimas estrictas;
  • distinto nivel de protección del cónyuge viudo;
  • reglas diferentes sobre hijos, matrimonios anteriores o bienes en varios territorios.

Sin una buena planificación, la familia puede encontrarse con una herencia bloqueada o con un reparto muy distinto del que el fallecido quería.

Por qué no siempre basta con tener testamento en el país de origen

Es muy común que el extranjero ya haya otorgado testamento en su país y piense que con eso es suficiente. A veces puede servir, pero no siempre resuelve bien la situación en España.

En la práctica, ese testamento extranjero puede exigir trámites adicionales, como su legalización o apostilla, traducción jurada, acreditación del derecho extranjero y otras actuaciones que retrasan notablemente la adjudicación de la herencia.

Además, puede ocurrir que ese testamento no contemple correctamente los bienes situados en España o que no esté bien coordinado con la realidad patrimonial y familiar existente aquí.

Por eso, en muchos casos resulta muy recomendable otorgar testamento en España, bien coordinado con el del país de origen y pensado específicamente para evitar problemas posteriores.

Problemas frecuentes en las herencias de extranjeros con bienes en España

Cuando no existe un testamento claro y bien planteado, los problemas más habituales suelen ser los siguientes.

1. Retrasos en el acceso a la herencia

Los herederos pueden tardar meses, e incluso más, en reunir la documentación necesaria, acreditar su condición y conseguir desbloquear cuentas bancarias o formalizar la escritura de herencia.

2. Dudas sobre la ley aplicable

En sucesiones internacionales no siempre es evidente qué legislación debe aplicarse. Esa incertidumbre genera inseguridad jurídica y multiplica las dificultades prácticas.

3. Conflictos entre herederos

Cuando no hay instrucciones claras, aumentan los desacuerdos sobre quién hereda, en qué proporción y cómo se reparten los bienes.

4. Problemas con inmuebles en España

Si la vivienda o inmueble sigue inscrito a nombre del fallecido y la herencia no se tramita correctamente, los herederos no podrán vender, hipotecar ni disponer del bien con normalidad.

5. Desprotección del cónyuge viudo

En muchos casos, el cónyuge superviviente cree que heredará automáticamente todo o gran parte del patrimonio, pero no siempre es así. Dependiendo de la ley aplicable, puede quedar en una posición menos protegida de la que la familia esperaba.

6. Costes adicionales

Una sucesión mal planificada suele implicar más gastos notariales, registrales, documentales y jurídicos. Lo que parecía un ahorro previo termina convirtiéndose en un coste mucho mayor para la familia.

El error habitual: hacer un testamento estándar sin estrategia

Otorgar testamento ante notario en España es, en general, un trámite rápido. Pero rapidez no siempre significa planificación.

En sucesiones internacionales, el mayor riesgo es firmar un testamento genérico, basado en fórmulas estándar, sin estudiar bien la nacionalidad, la residencia habitual, el régimen económico matrimonial, la estructura familiar y la ubicación del patrimonio.

Un testamento estándar puede ser insuficiente cuando existen:

  • bienes en distintos países;
  • hijos de diferentes relaciones;
  • matrimonios internacionales;
  • conflicto potencial entre ley nacional y ley de residencia;
  • necesidad de proteger especialmente al cónyuge;
  • voluntad de simplificar la herencia para los hijos.

La clave no es solo hacer testamento, sino hacerlo bien.

La importancia de planificar antes de ir a notaría

La intervención previa de un abogado en este tipo de asuntos marca la diferencia. No sustituye al notario, sino que permite llegar a la notaría con una estrategia jurídica ya definida y con una minuta ajustada a las necesidades reales del caso.

Una buena planificación sucesoria permite:

  • analizar la situación personal y familiar del otorgante;
  • revisar qué ley resulta más favorable;
  • coordinar bienes en España y en el extranjero;
  • evitar contradicciones entre distintos testamentos;
  • proteger al cónyuge y a los herederos;
  • reducir el riesgo de futuros conflictos.

Dicho de otro modo: una sucesión internacional bien diseñada hoy evita muchos problemas mañana.

Hacer testamento no es un gasto: es prevención jurídica

Muchas familias descubren demasiado tarde que el verdadero problema no era el fallecimiento, sino la falta de organización previa.

Un testamento bien planteado no solo ordena el reparto del patrimonio. También facilita a los herederos los trámites posteriores, reduce tensiones familiares y evita bloqueos innecesarios en bienes y cuentas.

En el caso de extranjeros con bienes en España, esta prevención jurídica es todavía más importante, porque la herencia no se mueve en un único sistema legal, sino entre varios.

Conclusión

Si eres extranjero y tienes bienes, residencia o intereses económicos en España, hacer testamento no es una mera formalidad. Es una decisión esencial para proteger a tus herederos y evitarles problemas legales, retrasos y costes innecesarios.

Y, además, no basta con firmar cualquier testamento. En sucesiones internacionales, la diferencia entre un testamento genérico y una planificación bien hecha puede ser enorme.

Lo prudente es revisar el caso antes, estudiar la ley aplicable y preparar la sucesión de forma estratégica.

¿Necesitas hacer testamento en España si eres extranjero?

En SPA Abogada te ayudamos a planificar tu testamento en España con visión internacional, para que tu herencia quede bien organizada y tus herederos no se encuentren con problemas evitables.

Estudiamos tu caso, revisamos la ley aplicable y preparamos una estrategia sucesoria sólida antes de la firma en notaría.

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¿Cómo se reparte una herencia?

herencia

¿Qué es lo primero que debo tener en cuenta?

Cuando una persona fallece sus herederos disponen de 6 meses para presentar el impuesto de sucesiones, por lo que si no tienes buena relación con el resto de herederos sería conveniente que contaras con un Abogado experto para no dejar pasar este asunto, aunque la herencia aun no se haya repartido, con el objetivo de evitar «sustos» fiscales.

Despacho de Abogados en Valencia y Alicante SP Abogada

¿Cómo puedo saber si soy heredero o me incluyó o excluyó en su testamento?

Lo primero será obtener su certificado de defunción. Cuando lo tenemos y han transcurrido 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento podemos solicitar el certificado de últimas voluntades que nos permitirá conocer si el difunto otorgó testamento o no lo hizo.

Si otorgó testamento cualquier heredero podrá pedir una copia autorizada del testamento en la Notaría donde se otorgó y podrá ver su contenido y el último testamento otorgado, que será el válido.

Si no hizo testamento será necesario hacer una declaración notarial de herederos abintestato. La declaración de herederos abintestato es una declaración notarial en la que el notario, a falta de testamento, declara en cada caso concreto quienes son los herederos y en qué porcentaje, aplicando lo dispuesto en nuestro código civil (o derecho foral en su caso). Como usted sabe, la partición de herencia puede realizarse amistosamente o por los tramites del procedimiento judicial. La labor del abogado en la partición de herencia amistosa, además de asesorar y agilizar la tramitación, está en facilitar a los clientes que éstos consigan -usando su experiencia y sus conocimientos técnicos- su objetivo final, sea el que sea, en cada caso concreto. A título de ejemplo citamos algunos posibles objetivos:

  • Beneficiar al cónyuge viudo, si lo hay, o beneficiar al resto de herederos, si el cónyuge viudo no desea heredar y es titular de bienes más que suficientes para garantizar su subsistencia y ésta es la voluntad del viudo/a que desea que no se duplique en su día el impuesto de sucesiones.
  • Aminorar el pago de la cuantía del impuesto de sucesiones y otros impuestos tras posibles ventas de activos posteriores.
  • Evitar que las cosas se tuerzan y acabe el asunto en el Juzgado cuando no hay buenas relaciones familiares. Etc.

¿Y si hay malas relaciones familiares y no hay manera de hacer el reparto?

Hoy en día gracias a la Ley de Jurisdicción Voluntaria aprobada en 2015, está previsto un mecanismo que puede ayudar mucho en casos en los que algunos de los herederos se niegan a firmar la aceptación de la herencia. Por lo que en muchos casos evitaríamos acudir a la vía judicial.

Como última instancia está la vía judicial que puede suponer, según cada caso, un procedimiento más largo y más costoso. El procedimiento se iniciará con la solicitud o demanda judicial de formación de inventario, y tras ella, se convocará a todos los herederos a una junta de formación de inventario, si en ella las partes no alcanzan un acuerdo se celebra el juicio correspondiente para incluir o excluir las partidas de activo y pasivo no pacíficas.

Cuando el inventario sea firme se convocará a las partes a una comparecencia para la formación de sus respectivos lotes de conformidad con el título sucesorio (testamento o declaración herederos), si en la comparecencia no hay acuerdo, se designara un contador partidor y peritos tasadores para que valoren los bienes, esto último si tampoco hay acuerdo sobre el valor de éstos.

El contador partidor, tras entrevistarse con los herederos y sus respectivos abogados, enviara al juzgado y a las partes una propuesta de partición hereditaria con formación de lotes que se denomina cuaderno particional. Si alguno de los herederos no está conforme con esa propuesta podrá impugnarla y se celebrará el juicio correspondiente.

En SP Abogada somos expertos en Derecho de Sucesiones. Llámanos sin compromiso para exponernos tu caso y coger cita, si no puedes venir a nuestro despacho, hemos puesto a tu disposición nuestro servicio de Videocitas . También puedes contactar con nosotros a través de nuestro formulario web y chat online.